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AVISO DE MODIFICACIÓN AL CONTRATO DE COMISIÓN MERCANTIL Y MANDATO CORRESPONDIENTE AL PRODUCTO COMERCIAL "SERVICIO DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO DE REGALÍAS"
Estimado Inversionista:
Por este medio le informamos que el Contrato de Comisión Mercantil y Mandato, inscrito en el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) bajo el número 16334-456-040413/02-01952-0725, que usted celebró con Grupo Quindalo, S.A.P.I. de C.V. (“Inverteca”), ha sido modificado respecto del producto comercial denominado “Servicio de Financiamiento Colectivo de Regalías”.
Las modificaciones entrarán en vigor a partir del 25 de noviembre de 2025, una vez transcurridos los 30 (treinta) días naturales contados desde la fecha de publicación del presente aviso, conforme a lo previsto en la Cláusula Trigésima Cuarta del contrato y en el artículo 24 de las Disposiciones de carácter general de la CONDUSEF en materia de transparencia y sanas prácticas aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera.
La versión actualizada del contrato se encuentra inscrita en el RECA con el número 16334-456-040413/04-03202-1125, disponible para su consulta en la página oficial de la CONDUSEF CONDUSEF - RECA RECAS.
RESUMEN DE MODIFICACIONES AL CONTRATO
| Apartado | Cambio realizado |
|---|---|
| Carátula | Se actualizó el correo electrónico para aclaraciones y reclamaciones a [email protected]. |
| Página 2 – Información del Inversionista |
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| Página 4 |
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| Página 5 |
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| Página 8 - Cláusula Quinta | Se agregaron los seis párrafos finales, en los que se establece la facultad de Inverteca para invertir temporalmente los recursos aportados durante el Plazo de Solicitud de Financiamiento y se incorpora la correspondiente autorización del Inversionista para llevar a cabo tales inversiones. |
| Página 8 - Cláusula Quinta BIS. | Se agregó una nueva cláusula denominada “QUINTA BIS. ALCANCE DE LAS INVERSIONES EN UN MISMO PROYECTO para especificar que el contrato cubra todas las inversiones a un mismo proyecto, otorgando comprobantes de operación por cada inversión adicional.” |
| Página 8 – Cláusula Sexta Bis. | Se ajustó la redacción para precisar que la comisión se calcula sobre cada inversión efectivamente realizada, se adiciona al monto aportado y se cobra una sola vez por inversión. También se incorporó la referencia al Anexo C y se estableció la devolución de la comisión en caso de cancelación de la campaña. |
| Página 8 y 9 – Subdivisión de la Cláusula Sexta. | Se subdividió la Cláusula Sexta en sub cláusulas específicas a cada comisión con el propósito de ordenar y precisar la regulación aplicable a las comisiones. |
| Página 13 – Cláusula Décima Novena (segundo párrafo) | Se corrigió el correo electrónico a: [email protected]. |
| Página 12 – Cláusula Vigésima Primera (tercer párrafo) | Se modificó el correo electrónico a: [email protected]. |
| Página 17 – Cláusula Trigésima Segunda (inciso a) |
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| Página 18 - Cláusula Trigésima Cuarta. | Se reestructuró la cláusula para precisar el procedimiento de aviso de modificaciones y el ejercicio del derecho del Inversionista a terminar el Contrato. Asimismo, se actualizaron las referencias regulatorias, se detallaron los medios válidos para presentar la solicitud de terminación y se incorporó la posibilidad de que la Plataforma requiera la aceptación de la versión actualizada del Contrato. |
| Página 35 – Anexo C (inciso a) | Se actualizó la redacción de la comisión por administración, para precisar que se cobra al momento de realizar la inversión, y que el 1% correspondiente se adiciona al monto invertido. |
| Página 43 - Anexo E, fracción VII, inciso b) | El inciso B fue sustituido por uno nuevo, que establece que la venta en el Mercado Secundario deberá realizarse por la totalidad de la participación del Inversionista en el Proyecto, sin permitir ventas parciales. |
DERECHO DEL INVERSIONISTA
De conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 24 de las Disposiciones, usted tiene derecho a dar por terminado el Contrato sin costo adicional, dentro de los 30 (treinta) días naturales posteriores a la publicación del presente aviso, en caso de no estar de acuerdo con las modificaciones.
Podrá ejercer este derecho enviando un correo a [email protected] o conforme al procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima Segunda del Contrato.
CONTACTO DE ATENCIÓN A CLIENTES
Para cualquier consulta, aclaración o reclamación, ponemos a su disposición los datos de la Unidad Especializada de Atención a Clientes de Inverteca (UNE):
Domicilio: Av. Ricardo Margáin Zozaya 335, Piso 4, Col. Valle del Campestre, C.P. 66265, San Pedro Garza García, N.L., México.
Teléfono: 81 8000 5636
Correo electrónico: [email protected]
Atentamente,
Grupo Quindalo, S.A.P.I. de C.V.
Institución de Financiamiento Colectivo